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sábado, 30 de abril de 2011

MLB: 2 NACIONALIDADES? DERECHO CONSTITUCIONAL

rllr en pelota
Alex Rodríguez Clásicos 2006 y 2009
Luego de la publicación del trabajo "Jugar para Creerse Grandesligas" me llegaron una cantidad de preguntas relacionadas con el caso de los peloteros que tienen doble nacionalidad. ¿Alex Rodríguez es dominicano o estadounidense? ¿Josh Barfield es estadounidense o venezolano? ¿Felipe Paulino es dominicano o venezolano? La respuesta a esa pregunta es sencilla: si el jugador tiene derecho a dos nacionalidades entonces se le debe considerar que tiene esas dos nacionalidades. Eso es un derecho constitucional que nadie se lo puede quitar.

Si un jugador con doble nacionalidad prefiere que se le considere venezolano, dominicano, mexicano o estadounidense, hay respetar esa decisión. En ese caso y a menos que éste haya renunciado a una de las dos nacionalidades, no veo problema con identificarlo, para efectos de listas de jugadores o asuntos relativos, con la nacionalidad menos usada. No pretendo profundizar más sobre el tema de la doble nacionalidad, mucho menos agregar frases como "la nacionalidad es lo que se siente en el alma". La realidad es que hay personas con dos nacionalidades que tienen el derecho de vivir con esas dos nacionalidades y ejercer los derechos que se derivan de las mismas, a pesar de sentir más inclinación por una. 

Lo que si me gustaría revisar es la manera como MLB trata el asunto de la nacionalidad, ciudadanía y residencia en sus distintos textos legales.

I. Elegibilidad para firmar contratos de ligas menores y mayores

Albert Pujols Cardenales contratoLa Regla 3(a) de las Reglas de las Grandes Ligas, una especie de estatuto que rige a ese ente, indica que los jugadores residentes de Estados Unidos, Puerto Rico y Canadá deben recorrer la vía del draft para firmar un contrato de ligas menores o mayores con los equipos de MLB. Esa misma regla aclara que el término "residente de Estados Unidos" incluye ciudadanos de otros países que estudien bachillerato o una carrera universitaria en los Estados Unidos o tengan la residencia legal de ese país, al momento de firmar el contrato o un año antes.

Los jugadores no incluidos en la Regla 3(a), por no ser residentes de Estados Unidos, Puerto Rico o Canadá o no cumplir con la excepción establecida para los casos de estudios de bachillerato o universitarios, son agentes libres y pueden firmar un contrato de ligas menores o mayores con cualquier equipo de MLB siguiendo otras reglas. La vía de la carrera universitaria en los Estados Unidos ha sido escogida por jugadores como Albert Pujols, José Bautista y Manny Ramírez para firmar al profesional a pesar que, al ser dominicanos, tenían la alternativa, de declararse agentes libres.

En el caso de los jugadores cubanos si estos escapan del régimen y solicitan la residencia en los Estados Unidos, por ejemplo, entonces son parte del draft. Pero si solicitan la residencia en República Dominicana son agente libres y tienen más flexibilidades para firmar al profesional. Es por ello que los exilados cubanos buscan residenciarse en países como Costa Rica -- Orlando El Duque Hernandez -- , República Dominicana -- Alexei Ramirez o hasta Andorra -- Aroldis Chapman-- para así declararse agentes libres. La Regla 3(a) se desprende del concepto más estricto de nacionalidad y prefiere usar el de residencia para determinar quiénes son elegibles al draft y quienes pueden declararse agentes libres.

YaquisII. Acuerdo Invernal

El Acuerdo Invernal es un documento que firma MLB con las distintas ligas del Caribe para regular esos circuitos. En ese documento se definen quiénes son peloteros importados y quiénes son nativos (esos son los términos usados en ese documento). A Puerto Rico se le considera un país independiente para efectos del Acuerdo Invernal.


El Acuerdo Invernal define a jugador "nativo" como aquel que haya nacido en un determinado país, que sea ciudadano de ese país o que el padre o la madre hayan nacido en ese país. Jugador importado es, simplemente, aquel que no es nativo. MLB y las ligas invernales prefieren usar el concepto de nacionalidad al de residencia para identificar a los peloteros nativos e importados, pero es mucho más flexible con el término de nacionalidad que, incluso, lo que podría estar consagrado en las constituciones de los países involucrados.

Por ejemplo, las constituciones de República Dominicana y Venezuela establecen requisitos adicionales para las personas que nazcan fuera de esos países pero de padre o madre dominicano o venezolano. 

El Acuerdo Invernal no habla sobre esos requisitos adicionales, sino se limita a considerar como nativos a aquellos cuyos padres o madres hayan nacido en esos países Esto es sólo para efectos de determinar a los jugadores nativos e importados en las distintas ligas del Caribe y no es un concepto legal. Se podría dar el caso de un pelotero que juegue como nativo en un determinado país pero que realmente no tenga el derecho a esa nacionalidad.

II Clásico Mundial del Beisbol

Si todavía no se ha confundido con la anterior explicación, veremos las normas establecidas por MLB, MLBPA y la Federación Internacional de Béisbol Amateur para determinar la elegibilidad de los jugadores en el Clásico Mundial del Beisbol.

Un pelotero es elegible para jugar con un equipo o selección de un determinado país en el Clásico Mundial de Beisbol si:

• Es ciudadano del país del equipo en cuestión

• Califica como ciudadano o tiene el derecho a obtener pasaporte bajo las leyes del país del equipo en cuestión pero no ha recibido la nacionalidad o le han dado el pasaporte siempre que obtenga una aprobación previa luego de una solicitud del jugador o equipo

• El jugador es residente legal del país o territorio del país del equipo que representa 

• El jugador nació en la nación o territorio del país del equipo que representa

• El padre o la madre del jugador, aún en el caso de estar fallecidos, o fueron ciudadano del país del equipo que representa

• El padre o la madre del jugador nacieron en el territorio del país que el equipo representa.

Las reglas para permitir que alguien juegue en el Clásico Mundial de Beisbol en representación de un país son mucho más flexibles e incluyen una combinación de nacionalidad, residencia y términos que van incluso más allá de las determinantes tradicionales. Se puede dar el caso de un jugador que represente a un país pero que realmente no sea ciudadano o residente. Una persona que nació en Suiza no es necesariamente suizo por ley, a diferencia de lo que ocurre en Venezuela, pero podría representar a ese país en el Clásico Mundial. Claro, habría que conseguir a otros suizos que jueguen beisbol.

Otro ejemplo es el de los hermanos Jerry y Scott Hairston quienes representaron a México en el Clásico Mundial del Beisbol en el 2009 debido a que su mamá nació en ese país y a pesar de sus raíces estadounidenses.

Conclusión

En el beisbol hay peloteros grandesligas que tienen dos nacionalidades (y hasta tres) y que por alguna razón se les presiona para que seleccionen una de ellas. También existen peloteros que pudieran jugar en el invierno como nativos de un país, a pesar de no tener esa nacionalidad. Podría haber peloteros que representan a un país en un torneo internacional como el Clásico Mundial del Beisbol sin que legalmente puedan obtener esa ciudadanía o nacionalidad. Yo no puedo juzgar esos casos, si las reglas lo permiten es culpa de las reglas.

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